jueves, 25 de febrero de 2010

La constitución del Supremo Consejo Universal Mixto

En 1912, se programa realizar un Congreso para septiembre de 1914 que reúna a todos los talleres repartidos por el Mundo de la Orden Masónica Internacional Mixta Le Droit Humain - El Derecho Humano , con el fin de redactar y asumir una constitución internacional. Tenía que coincidir con la inauguración del Templo, en el nº 5 de la calle Jules-Breton, en el distrito 13 de París, que por fin tuvo lugar en septiembre de 1916, dos semanas antes de que Georges Martin, falleciera. Por culpa de la Primer Guerra Mundial, el Congreso Internacional no pudo tener lugar en París, hasta agosto de 1920. Lo convocó Eugène Piron, Gran Maestro de la Orden, quien lo presidió. Los demás cargos se repartieron, tras una votación, entre los delegados de los diferentes países presentes.

Este primer Congreso Internacional reunió a delegados del grado 33 y del último grado de la masonería mixta representando a todas las Federaciones y logias pioneras. La Orden contaba entonces con más de 300 talleres en Francia, Estados Unidos, Países Bajos, Italia, Gran Bretaña y Suiza. La fecha es histórica: da un giro a la existencia de la Orden; es una etapa decisiva para su proyección y es un momento crucial para el Derecho Humano. Es la primera vez que se reúnen delegados de países lejanos, que hablan idiomas diferentes y que tienen creencias religiosas, filosóficas y políticas a veces opuestas. Sus debates giran alrededor del proyecto de Constitución elaborado por Georges Martin y el Supremo Consejo de aquella época. Estudian diversas cuestiones en relación con la Orden. Son necesarias largas discusiones para establecer nuevas bases, pero paso a paso, los artículos toman forma: son a imagen y semejanza del Templo, abierto bajo la bóveda estrellada, lugar de sueños pero también de reflexión y de sabiduría.

El presidente de la Federación americana, Louis Goaziou, es elegido para dirigir la comisión de la Constitución. Contribuye ampliamente a la elaboración del documento, llamado a adaptarse a la modernidad de los tiempos, respetando siempre las reglas masónicas e uniendo bajo una misma bandera a los masones del Derecho Humano con un mismo ideal y variado origen.

El Supremo Consejo renuncia al poder legislativo, asumido por el Congreso Internacional, conservando el poder ejecutivo de la Orden y erigiendose en guardián de la Constitución internacional y de los Reglamentos generales. Es su poder generador, regulador y protector, constituye el gobierno supremo para todos los talleres del Derecho Humano. Su funcionamiento, sus atribuciones y prerrogativas están definidos así cómo los poderes y el número de miembros, de los cuales al menos 9 de 33 son franceses. Es la llave de la bóveda del edificio, manteniendo el sentido de la Orden y delegando la gestión nacional a las Federaciones y Jurisdicciones.

En la declaración de principios, la Orden afirma la igualdad entre hombre y mujer, así cómo la continuidad de la iniciación. Los principios y el método de trabajos son los de las Grandes Constituciones Escocesas de 1786, revisadas en Lausana, en 1875. La libertad de creencia en la eternidad o la no eternidad de la vida espiritual es admitida. Se ofrecen dos vías a los miembros, una más espiritual y otra más racional. La sede se fija en Paris, en el nº 5 de la calle Jules-Breton. A partir de entonces, un congreso internacional, llamado Convento Internacional, reunirá a los delegados de todos los talleres, cada siete años, en Paris. El idioma empleado será el francés y el inglés lo será también a partir de 1947. Se decidirá entonces que en caso de conflicto, el texto francés primará. En todos los documentos, las palabras “masonería mixta” serán seguidas de las palabras “El Derecho Humano” en francés. Se fijará una cuota anual y un libreto masónico. Se conservará el boletín, órgano de enlace entre todos. El anuario donde figuran todos los talleres se redactará en 1922, y será de nuevo impreso en 1925, pero, posteriormente, se interrumpirá su difusión cómo medida de seguridad.

El artículo 9 fija las condiciones para la formación de las federaciones y de las jurisdicciones, así cómo las relaciones que se mantendrán entre ellas y con el Supremo Consejo. Su representante es el intermediario obligado entre la organización nacional y esta entidad, El artículo es importante, la masonería mixta va, de hecho, a dar un nuevo paso. En el plazo de un año, se crean 17 federaciones y jurisdicciones. Este artículo aporta una modificación importante, sobre todo para Francia. La Constitución anterior no daba derecho a constituir organizaciones nacionales. Rápidamente, las logias francesas y colonias se organizan, se estructuran, en un ámbito federal. Durante un Congreso nacional, se constituye la Federación francesa, los días 30 y 31 de octubre de 1921. Entrará en función a partir del 1 de enero de 1922.

Se vota la Constitución internacional aprobandode por unanimidad. El Gran Maestro, Eugène Piron, pide a todos los masones presentes que presten solemnemente juramento al texto.

El Congreso de 1920 dio un nuevo empuje al Derecho Humano y una dimensión internacional oficial. Se fija el Congreso siguiente para el año 1927, conforme a la Constitución: tendrá lugar en el grado de maestro, lo que permitirá asistir a sus trabajos, cómo visitante a un mayor número de masones.

Desde 1997, el Congreso Internacional se reúne cada cinco años y se traducen sus trabajos simultáneamente al francés, ingles y español.

1 comentario:

Mauricio Javier Campos dijo...

Impresionante historia, queridos amigos. Me gusta esta parte:
"En la declaración de principios, la Orden afirma la igualdad entre hombre y mujer, así cómo la continuidad de la iniciación. Los principios y el método de trabajos son los de las Grandes Constituciones Escocesas de 1786, revisadas en Lausana, en 1875. La libertad de creencia en la eternidad o la no eternidad de la vida espiritual es admitida. Se ofrecen dos vías a los miembros, una más espiritual y otra más racional".
Y sí, así se construyen las grandes instituciones. Salud y larga vida.